Criminología Ambiental

28.03.2016 01:56

CRIMINOLOGÍA AMBIENTAL

 

 

 
PREÁMBULO.
Como punto de partida para definir correctamente que es la criminología ambiental conviene desvincular la aparente relación entre criminología ambiental y delito ambiental.
La confusión entre ambas, de base semántica, viene dada por la preponderancia conceptual del derecho penal. El delito ambiental es la figura delictiva penal definida por aquellos delitos -denominados ecológicos- que atentan contra un bien protegido -la naturaleza- Por contra, la criminología ambiental es la rama de la criminología que sustenta el progreso de su modelo doctrinal (modelo de intervención en esencia) ahondando en la incidencia que el factor espaciotemporal tiene en el fenómeno delictivo y desarrollando los métodos para una eficaz inhibición del mismo.  Como certeramente afirma Cesar San Juan Guillen, subdirector del Instituto Vasco de Criminología y presidente de la Sociedad española de Investigación Criminológica,  “no es lo mismo el delito ecológico que la ecología del delito”.
Hasta aquí la pertinente aclaración.
 
 

LOS ESTUDIOS DE ÁREA.
Para hallar el germen de la criminología ambiental hay que retroceder en el tiempo hasta la Escuela de Chicago y su sociología urbana/ecología social.
Los fundamentos de esta notable escuela norteamericana sirven de soporte y cimiento teórico sobre el que se desarrollarían las posteriores teorías ambientales, aunque ni la metodológica ni el estilo formalista y pragmático de  aproximación al crimen, propio de los sociólogos de Chicago, se mantuvieran. 
Tanto es así que la evolución que supone el desarrollo de las teorías ambientales a partir de los años 40 del pasado siglo, se caracteriza por el paulatino distanciamiento del particular modelo matriz de la Escuela de Chicago, la ecología urbana.
En consecuencia, aparecen dos corrientes de investigación ambiental diferenciadas:
 
-La inglesa, de orientación practica y que centra el foco de atención en el impacto de la reubicación de las familias en nuevos barrios desde una perspectiva particularizada y microscópica.
-Y la estadounidense, que prioriza el empleo de las técnicas estadísticas con un metódico refinamiento bastante notable en los últimos lustros.
 

Desde la década de los años 50, el estudio netamente ecológico tiende a ser suplido por el de área social y por métodos estadísticos multivariados (Garrido Genovés, 1984)
En el análisis del área social, Autores como Shevky, Bell o Williams, pretenden establecer la relación entre las estructuras interna de las ciudades y las transformaciones ocurridas en la sociedad, articulando este análisis en torno a tres principios básicos; el rango social, la urbanización y la segregación.
Los métodos estadísticos multivariados, propuestos por autores como Lander, observan la incidencia de una serie de variables independientes en las tasas de criminalidad (variable dependiente), aplicando el análisis factorial para constatar las intercorrelaciones entre dichas variables.
 
Según Block, unos y otros esquemas de investigación han permitido instrumentar análisis precisos sobre distribución espacial del delito; modelos de distancia espacial victima-delincuente en relación al lugar del crimen, métodos de diferenciación y factorialización de áreas de alta-baja tasa delictiva, etc. Parece ser, conforme a lo dictado por Timms (1971), que el factor “clase social de área” ha probado su validez en numerosos estudios ecológicos.
 
 
 
EL “DEFENSIBLE SPACE”.
En 1973 el arquitecto y urbanista Oscar Newman publicó su obra más destacable y controvertida, “Defensible Space” (espacio defendible), la cual supuso un nuevo reemplazo de paradigma. Se paso del paradigma cualitativo del conflicto cultural al cuantitativo y ambiental paradigma situacional. Desde entonces los estudios ecológicos parecen inclinarse hacia la prevención del delito a través del diseño arquitectónico del espacio urbano, buscando una específica correlación entre determinados espacios  urbanos y sus correspondientes manifestaciones delictivas.
 
En palabras del propio Newman el espacio defendible se trata de “un modelo para ambientes residenciales que inhibe el delito creando la expresión física de una fabrica social que se defiende a sí misma” (Newman, 1973)
Según este autor, el diseño urbano arquitectónico favorece el crimen, bien porque permite el fácil acceso de extraños (múltiples entradas a las viviendas o parkings, centros que atraen visitantes al vecindario; parques infantiles, zonas de ocio, etc.) bien porque los residentes o la policía cuenta con limitadas posibilidades de vigilancia y observación de las áreas públicas limítrofes (calles, aparcamientos, parques, etc.) debido a diversos factores (extensión de la zona, emplazamiento de balcones y ventanas, etc.)
 
Bajo su punto de vista, ciertos componentes físicos alrededor de las áreas públicas pueden infundir en sus residentes un sentimiento de comunidad, de territorialidad, que les autorresponsabilizaría progresivamente en la defensa de su hábitat frente al delito.
A colación, Newman propone cuatro medidas:
 
-Subdividir las áreas públicas en zonas más pequeñas, con objeto de que los vecinos adopten actitudes de propiedad.
 
-Adecuada ubicación de las ventanas, potenciando al máximo la capacidad de observación de estas áreas
 
-Emplazar zonas concurridas junto a actividades públicas que no sean fuente de peligro (pequeños parques, zonas de recreo infantil, etc.)
 
-Construir áreas públicas de tal modo que sus eventuales visitantes se sientan observados.
 

Además del consabido Newman, los principales estudios ecológicos orientados a la prevención del delito a través del diseño arquitectónico urbano son los de Cherry, Kube, Booth, Gillis y Hagan, Roncek y Royner, así como los de O´Donell y Lydgate.
Estos últimos, en aras de superar el genérico análisis situacional llevado a cabo por los criminólogos de la Escuela de Chicago Shaw y McKay, establecieron en su trabajo una relación específica; tipo delincuente-tipo de delito-lugar donde se produce. Codificaron los recursos físicos en el distrito metropolitano de Honolulú y recogieron información sobre delitos denunciados a la policía durante los años 1972 a 1975, excluyendo aquellos que pudieran acusar una actuación significativa o discriminatoria de la misma. 
Los resultados extraídos de sus análisis ambientales lograron aportaron una valiosa información para la remodelación y reestructuración de barrios.
 
Resulta evidente la necesidad de resaltar la importancia del ambiente físico en el escenario del delito, no obstante, la obra de Booth pone de manifiesto lo poco satisfactorio que supone un concepto monolítico de espacio basado de forma exclusiva en datos meramente físicos, depreciando la dimensión social del medio; es imprescindible ponderar las variables del vecindario (estabilidad, composición y organización)
El elevado coste económico de una reconstrucción ambiental del medio físico es otra objeción realista a estos planteamientos criminológicos. Aun así, en la práctica, no existe barrera alguna para que el diseño urbanístico valore las mismas en el instante de proyectar nuevos barrios y viviendas.
 
 
by Mr.Potatoes.

 

Fuentes bibliográficas:

García Pablos, A. (2009). Tratado de Criminología (2009), pp. 700-711. Tirant Lo Blanch. Valencia.

Astarloa García, J.M. (2014). Criminología Ambiental. Trabajo no publicado. España.